EL DELITO DE TRÁFICO DE ÓRGANOS HUMANOS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
Pertenece a Tipo de artículoI. Introducción. II. Marco legal. III. Aspectos controvertidos del delito. IV. El delito de tráfico de órganos en nuestro Código Penal: 1. El bien jurídico protegido. 2. El aspecto material del hecho típico. 3. La acción típica: tipo objetivo y tipo subjetivo. 4. Autoría y participación. V. Conclusiones. VI. Bibliografía.
A raíz de la reforma del Código Penal que opera desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico la tipificación del nuevo delito de tráfico de órganos humanos. Este movimiento legislador se produjo a partir de la actividad de los organismos internacionales en el marco de proscribir tal conducta, a la vista del incipiente aumento de este tipo de conductas que tienen lugar en Europa, que acarrean el nacimiento de un nuevo mercado ilícito que atenta contra la seguridad de ciertos colectivos económicamente inestables. En este estudio dejaremos constancia de cuál es la verdadera función punitiva del artículo 156 bis, así como de a qué sujetos atañe, cuáles son sus elementos típicos, su objeto material, qué problemas plantea y cuales son los aspectos controvertidos, y qué bien jurídico protege realmente.