LA PROPIEDAD Y LA TITULARIDAD DE OFICINAS DE FARMACIA: SU REFORMULACIÓN A LA LUZ DEL INTERÉS PÚBLICO
Pertenece a Tipo de artículoI. INTRODUCCIÓN. -II. MARCO JURÍDICO GENERAL: 1. La Constitución. 2. La legislación básica. -III. NATURALEZA DE LAS OFICINAS DE FARMACIA: 1. Su categorización como servicio público impropio o servicio de interés público. 2. Su carácter de establecimiento sanitario. -IV. LA AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE OFICINAS DE FARMACIA: 1. Breve "excurso" sobre el concepto de autorización administrativa y su crisis actual. 2. La autorización administrativa de oficinas de farmacia y su transmisibilidad: rasgos definidores: A. En la legislación preconstitucional. B. En la legislación postconstitucional. 3. Fundamento de la más reciente formulación de la autorización de oficinas de farmacia. -V. CONSTITUCIONALIDAD DEL NUEVO MODELO DE AUTORIZACIÓN DE OFICINAS DE FARMACIA: 1. Indicaciones previas. 2. El marco de la Constitución: A. El derecho de propiedad. B. Ejercicio de profesiones tituladas. C. Libertad de empresa. D. Las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y obligaciones. 3. El marco del artículo 103.4 de la Ley General de Sanidad y del 4 de la Ley 16/1997, de 25 de abril, de Regulación de Servicios de las Oficinas de Farmacia.