CONTAGIO TRANSFUSIONAL DE VHC. REFLEXIONES SOBRE LA PREVISIBILIDAD DEL DAÑO
Pertenece a Tipo de artículoINTRODUCCIÓN. 1. Antecedentes. 2. Jurisprudencia. 2.1. Jurisdicción social. 2.1.1. Sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo (Sala Cuarta), de 22 de diciembre de 1997. 2.1.2. Sentencia de la Sala Social del Tribunal Supremo (Sala Cuarta) de 3 de diciembre de 1999. 2.2. Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. 2.2.1. Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 31 de mayo de 1999. 2.2.2. Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 19 de octubre de 2000. 2.2.3. Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 30 de 0ctubre de 2000. 2.2.4. Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de 25 de Noviembre de 2000. 3. Unificación de Doctrina. 4. Reflexión sobre el virus causante de la hepatitis C. 4.1. Estado de la ciencia o de la técnica existentes en el momento de la producción de los daños. 4.2. El contagio transfusional por VHC como suceso previsible. 4.3. El contagio transfusional por VHC como suceso evitable. 4.4. Informe emitido por el Ministerio de Sanidad, en 1986. 5. El “riesgo no permitido” de infección. Correcta actuación sanitaria. 5.1. Consentimiento informado. 5.2. Aplicación de la lex artis. 6. Problemática de la prueba. 7. Indemnización procedente. 8. CONCLUSIONES. 9. BIBLIOGRAFÍA