LA HISTORIA CLÍNICA ELECTRÓNICA GALLEGA: UN PASO IMPORTANTE EN LA GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO.
Pertenece a Tipo de artículo1.- Introducción. 2.- El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la HCE. 3.- Alternativas para la organización de los sistemas de HCE.- 4.- La HCE en Francia.- 5.- Conceptos y principios generales de la HCE.- 6.- Fuentes normativas de la HCE.- 6.1 En el ámbito de la Unión Europea.- 6.2. En el ámbito estatal.- 6.3. En la Comunidad Gallega.- 7.- El Derecho de uso y acceso por los pacientes y familiares. 7.1. La cuestión en la doctrina y en la legislación.- 7.2. Referencia específica a las normas aplicables.- 8.- Acceso por los profesionales con finalidad asistencial. 8.1 La cuestión en la doctrina y en la legislación. Análisis de los principios de vinculación asistencial y de proporcionalidad.- 8.2 .- Referencia específica a las normas aplicables.- 8.3 .- Aplicación de las normas materiales a los supuestos de acceso a la HCE por el profesional sanitario.- 8.4.- Aplicación de las leyes sanitarias.- 8.5.- Aplicación de las normas de protección de datos.- 8.6.- Propuestas de regulación de la HCE surgidas en el seno del Grupo de Trabajo sobre protección de datos de la Comisión Europea.- 8.6.1.- Alcance del requisito del previo acuerdo del paciente para que el profesional acceda a sus datos de la HCE. Consideración de datos especialmente íntimos para el paciente.- 8.6.2 .- El mecanismo de “sobres cerrados” con determinada información del paciente.- 8.6.3.- La fijación de módulos de acceso para los profesionales.- 9.- Acceso para fines de investigación y docencia, publicaciones científicas y estudios estadísticos o epidemiológicos.- 9.1.- La cuestión en la doctrina y en la legislación.- 9.2.- Referencia específica a las normas aplicables.- 10.- Acceso por motivos judiciales.- 10.1..- La cuestión en la doctrina y en la legislación.- 10.2..- Referencia específica a las normas aplicables.- 11.- Acceso para funciones de Inspección, Evaluación, Acreditación y Planificación. 11.1.- La cuestión en la doctrina y en la legislación.- 11.2..- Referencia específica a las normas aplicables.- 12.- Acceso para funciones de Administración, Gestión y Atención al Paciente, y acceso por cuenta de terceros por externalización de Servicios Sanitarios.- 12.1.- La cuestión en la doctrina y en la legislación.- 12.2.- Referencia específica a las normas aplicables.- 13.- El Decreto 29/2009, de 5 de febrero, por el que se regula el uso y acceso a la HCE.- 13.1. Objeto y normas aplicables (artículos 1º y 2º).- 13.2. El derecho-deber de acceso (artículo 3º).- 13.3. El proyecto IANUS (artículo 4º).- 13.4. Intimidad, confidencialidad, secreto y protección de datos (artículos 5º, 6º y 7º).- 13.5. Acceso a la HCE por los profesionales sanitarios (artículo 8º).- 13.6. Acceso por el personal de gestión y servicios (artículo 9º).- 10º).-13.7. Acceso por profesionales sanitarios de centros, servicios y establecimientos concertados para la prestación de servicios (artículo 10º) 13.8. Acceso para fines estadísticos o epidemiológicos, de investigación y docencia, publicaciones científicas y estudios (artículo 11º).- 13.9. Acceso a efectos de inspección, evaluación, acreditación y planificación (artículo 12º).- 13.10. Acceso a la HCE a requerimiento judicial (artículo 13).- 13.11. Acceso a la HCE a efectos de responsabilidad patrimonial (artículo 14º).- 13.12 Acceso a la HCE a efectos de facturación de servicios sanitarios (artículo 15º).- 13.13.- Módulo de especial custodia (artículos 16º y 17º).- 13.14. Accesos de carácter excepcional (artículo 18º.- 13.15. Acceso por los pacientes o usuarios (artículos 19º al 22º).- 13.16. Conclusión