DERECHO A OBTENER LA SANGRE DEL CORDÓN UMBILICAL PARA USO AUTÓLOGO EN LA SANIDAD PÚBLICA ESPAÑOLA. POSICIONAMIENTO JURISPRUDENCIAL
Pertenece a Tipo de artículoI. Derecho a obtener sangre del cordón umbilical. II. Titularidad del derecho a obtener sangre del cordón umbilical. III. Análisis de la Sentencia del Tribunal Supremo Núm. 192/2024, de 5 de febrero. IV. Conclusiones. V. Bibliografía.
La presente comunicación pretende analizar el derecho a obtener la sangre del cordón umbilical para uso autólogo en nuestra legislación; así como el modo de hacerlo efectivo. Para ello analizaremos el Real Decreto Ley 9/2014 , de 4 de julio, por el que se establecen las normas de calidad y seguridad para la obtención, la evaluación, el procesamiento, la preservación, el almacenamiento y la distribución de células y tejidos humanos y se aprueban las normas de coordinación y funcionamiento para su uso en humanos; y los posicionamientos jurisprudenciales existentes al respecto, concretamente la reciente sentencia de la Sala de lo Contencioso- administrativo del Tribunal Supremo núm. 192/2024, de 5 de febrero.