LA AUTONOMÍA Y LA LIBERTAD FÁCTICA COMO ELEMENTOS DEFINIDORES DEL DERECHO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA ANTE LA INTERVENCIÓN RESTRICTIVA DEL ESTADO
Pertenece a Tipo de artículo1. Planteamiento general. 2. El Marco Internacional como límite para la disponibilidad del derecho a la salud sexual y reproductiva por el Estado. 3. Breve recorrido por el entorno normativo europeo en materia de interrupción del embarazo. 4. La titular de los derechos y la necesaria perspectiva de género en el contexto de la STC 53/1985: La libertad olvidada. 5. La seguridad jurídica como garantía de los derechos de las mujeres a la luz de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. 6. La interrupción voluntaria del embarazo ante la diversidad de capacidades. La causa abortiva y la causa bio-médica. 7. La autonomía personal en el caso de la interrupción voluntaria del embarazo en menores, mayores de 16 años. 8. La vinculación al legislador de las conquistas de derechos como parte de su contenido esencial. 9. Algunas conclusiones. Las consecuencias de la restricción de derechos. 10. BIBLIOGRAFÍA.
Los derechos sexuales y reproductivos han sido incorporados paulatinamente como parte de los Derechos Humanos Universales en distintos Textos Internacionales, en el marco del reconocimiento de los derechos a la libertad, la igualdad, la integridad física y moral, la vida y a la salud. En tal sentido, estos derechos permiten adoptar decisiones en relación con la reproducción sin sufrir discriminación, coacción ni violencia. En este aspecto, el estudio trata de esbozar algunas directrices con el objeto de determinar la vinculación del Estado al contenido de los derechos en los Textos internacionales. Es necesario advertir la relevancia de la titularidad de los derechos, pues su distinción respecto de bienes jurídicos protegidos puede eliminar los conflictos en la regulación sobre el derecho a la salud sexual y reproductiva. La autonomía y la libertad fáctica conforman los elementos legitimadores de las decisiones sobre el propio cuerpo, pues ello conduce a la realización de la dignidad que no es más que la autodeterminación sobre la propia existencia presente y futura.